No puedo renovar pasaporte y soy inmigrante, qué hago?

Claudia P. Moreno-Diaz, Esq., Abogada de Inmigración

Muchos inmigrantes, especialmente los Venezolanos, tienen grandes dificultades para obtener prórrogas o renovaciones de sus pasaportes. Tenga en cuenta los siguientes consejos si usted es inmigrante de los Estados Unidos:

·      Si usted ya es residente permanente de los Estados Unidos tenga en cuenta que para ingresar a los Estados Unidos no necesita una pasaporte válido, usted solo necesita mostrar uno de los siguientes documentos:

o   Tarjeta de Residente Permanente, Forma I-551

o   Tarjeta de Residente Condicional ya expirada con la forma I-797 de la solicitud de extensión

o   Visa de Inmigrante y pasaporte

o   Un Sello de Residente Temporal (ADIT) que esté en un pasaporte o una forma I-94

o   Un Permiso de Re-entrada al país, Forma I-327

o   Documento de Viaje de Refugiado, Forma I-571

o   Parole Autorizado, Forma I-512

o   Carta de Transporte del Gobierno Americano emitida por una Embajada o Consulado Americano

·      Debe tener en cuenta que aunque los Estados Unidos solo exige alguno de los documentos señalados arriba, si usted ya es un residente permanente o condicional, otros países pueden exigirle un pasaporte válido o un Permiso de Re-entrada al país para poder dejarlo viajar hacia los Estados Unidos. El documento más aceptado por varios países es el Permiso de Re-entrada al país, pero es importante que consulte con el país a donde va a viajar para asegurarse que lo dejarán entrar y salir del país con este documento. Si es así debe obtenerlo antes de viajar fuera de los Estados Unidos.

·      Si usted entra como visitante debe tener un pasaporte válido y una visa, salvo que este exento de visa.

·      Si usted aun no es residente permanente de los Estados Unidos pero está en proceso de residencia y su estatus requiere viajar con un Advance Parole, usted necesita para re-entrar a los Estados Unidos un pasaporte válido y un Advance Parole válido.

·      La Regla de los Seis Meses de Validez: Visitantes que viajan a los Estados Unidos requieren tener un pasaporte válido por seis meses más allá del tiempo que desean permanecer. Los nacionales de algunos países (incluidos Argentina, Aruba, Bolivia, Chile, Colombia, Costa Rica, República Dominicana, Guatemala, Haití, México, Perú, Panamá, Uruguay y Venezuela, entre otros) están exentos de la regla de los seis meses y solo necesitan tener un pasaporte válido por el tiempo que van a permanecer.

·      Si usted está en los Estados Unidos bajo una visa de no-inmigrante como una L-1, H-1B, E-1, E-2, O-1, R-1, entre otras, debe revisar online la fecha que le han colocado de expiración en su I-94 https://i94.cbp.dhs.gov. Si la fecha de expiración es igual a la fecha de expiración de su pasaporte estas son algunas de las opciones válidas:

o   Opción 1: Una vez se obtenga el nuevo pasaporte o la prórroga, es posible solicitar de forma discrecional a CBP para corregir el I-94 y colocar la nueva fecha. Esto puede funcionar en algunos casos, pero debe hacerse antes de la expiración de su I-94 actual. Si el I-94 va a expirar y usted no tiene un pasaporte nuevo o una prórroga debe buscar otras opciones antes del vencimiento del I-94.

o   Opción 2: Si no se logra cambiar el I-94 con el nuevo pasaporte emitido, el inmigrante deberá salir, antes de la expiración del I-94, y regresar con el nuevo pasaporte.

o   Opción 3: Solicitar una extensión del estatus actual con el Servicio de Inmigración, para solicitar un nuevo I-94 hasta la fecha de la forma I-797. Esta solicitud debe hacerse antes de la expiración del I-94 anterior o la aplicación puede ser negada. Tenga en cuenta que el Servicio de Inmigración no requiere un pasaporte válido durante todo el periodo de extensión, solamente que este válido al momento de hacer la aplicación de extensión de estatus. Si su pasaporte ya está expirado, pero le dieron un I-94 para una fecha después de la expiración y usted desea extender ese estatus, tendrá que dar una explicación soportada con documentos sobre los motivos por los cuales no ha podido renovar su pasaporte u obtener una prórroga y los esfuerzos realizados para hacerlo. El Servicio de Inmigración de forma discrecional podría aprobar su extensión, aunque no esté en la obligación de hacerlo por haber enviado la aplicación de extensión con el pasaporte ya vencido.