La CPI y la aplicación de una verdadera justicia

Edgard Simón Rodríguez

 

"El segundo informe sobre Venezuela de la Misión Internacional Independiente de la ONU y su importancia en relación a la aplicación del principio de complementariedad de la Corte Penal Internacional" 

Es de suma importancia la reciente noticia de que la Misión Internacional Independiente de Investigación sobre la República Bolivariana de Venezuela de la ONU, publicará su segundo informe el 16 de septiembre, analizando el papel central del Sistema de Justicia venezolano en perpetuar violaciones de derechos humanos y crímenes de lesa humanidad. 

Ya que el Régimen de Maduro quiere usar las negociaciones en México para hacer una maniobra política y jugada jurídica, para lograr descartar la aplicación del principio de complementariedad de dicha Corte, en relación a la Justicia venezolana y de esa forma salvarse del inicio de la investigación formal en esa instancia internacional. 

Y es que la clave del sistema de la Corte Penal Internacional, según el Estatuto de Roma, radica en la idea de que son los tribunales nacionales los que primordialmente deben ocuparse de las violaciones de derechos más graves y la Corte Penal Internacional complementa esas jurisdicciones nacionales.

En efecto, leemos en el artículo 1 del referido Estatuto lo siguiente: 

"Art. 1. Se instituye por el presente una Corte Penal Internacional (“la Corte”). La Corte será una institución permanente, estará facultada para ejercer su jurisdicción sobre personas respecto de los crímenes más graves de trascendencia internacional de conformidad con el presente Estatuto y tendrá carácter complementario de las jurisdicciones penales nacionales. La competencia y el funcionamiento de la Corte se regirán por las disposiciones del presente Estatuto." 

De allí seguramente a que hayan anunciado en Venezuela recientemente, la fulana comisión de reestructuración del Poder Judicial. Buscando que sean juzgados en Venezuela y no en la Corte Penal Internacional los crímenes que estos violadores de DDHH han cometido. 

Es decir, que los jueces que juzguen a los criminales del Régimen sean sus amigotes y asalariados, y no jueces imparciales. 

En Venezuela todos sabemos que no existe en lo absoluto Estado de Derecho y de allí la necesidad de activar la jurisdicción penal internacional. 

Debemos todos los venezolanos estar muy atentos al contenido del segundo informe de la Misión Internacional Independiente de la ONU, que esperamos esté atenido a la verdad y así impulsar el inicio por parte del Fiscal de la Corte Penal Internacional, de la investigación de los crímenes cometidos por el Narcorégimen de Maduro.